- El Depósito será devuelto una vez finalizada la utilización o aprovechamiento especial y siempre que por los servicios municipales se emita informe en que se acredite que el inmueble se devuelve a la Corporación en el mismo estado de conservación en que fue cedido.
- Si el coste de los trabajos de reparación fuera superior al importe del Depósito, la diferencia tendrá que ser abonado por el solicitante. En caso de impago, la deuda se exigirá en vía de apremio.